De las entidades sin ánimo de lucro (II): Las fundaciones

Feliz martes a tod@s:

Otra semana más me cuelo en este colectivo. Lo prometido es deuda y…esta semana, voy a intentar poner luz a eso que en España se conoce como Entidades No Lucrativas, ONG’s, Tercer Sector, etc.

Como ya veíamos en un post anterior, las entidades sin ánimo de lucro en España pueden tener 2 formas jurídicas: Asociación y Fundación.

Las asociaciones son quizá la forma jurídica más frecuente para las organizaciones sin ánimo de lucro. Esto se debe, en parte, a que las asociaciones tienen una mayor tradición y son más sencillas de constituir que las fundaciones, ya que no exigen un patrimonio fundacional.

Al igual que las asociaciones, las fundaciones tienen amparo constitucional (artículo 34) y una ley específica (50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones) que las regulan. Sigue leyendo