Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (II) Criterio de Caja en el IVA

En el anterior post (aquí) iniciaba una serie de infografías sobre la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, hoy continuamos el recorrido por dicha ley dando un salto hasta el Título II, a las medidas de apoyo fiscal a los emprendedores, y en concreto a una de las medidas estrella, el criterio de caja en el IVA.

(Me dejo en el tintero parte del Título I, volveré más adelante sobre él)

El 31 de diciembre finaliza el plazo para que las empresas que facturen menos de 2 millones de euros (el 97% de la empresas de este país, Pymes y micropymes) comuniquen a la Agencia Tributaria que quieren acogerse al criterio de caja en el IVA, en caso contrario continúan en el sistema actual.

  • Si no lo hacen ahora, no tendrán otra oportunidad hasta el próximo 31 de diciembre del 2014, y no sería efectivo hasta 2015.
  • Si se acogen al nuevo sistema y deciden renunciar posteriormente a él no podrán volver en 3 años.

Conviene pensárselo muy bien porque a pesar de que ha sido una reivindicación histórica, la de no tener que liquidar el IVA de las facturas que aún no se han cobrado, resulta que una vez aquí, anunciada a bombo y platillo, no es lo que se esperaba. Pretende resolver el problema de liquidez que supone adelantar el IVA (problema muy agravado por los altos índices de morosidad) pero ha venido con la sorpresa de que tampoco podrán deducirse el IVA de las facturas que no se hayan pagado, por tanto, ….

¿Medida estrella o estrellada?

Algunas consideraciones a tener en cuenta:

  • Es importante  analizar la naturaleza de nuestros clientes.

– Muchas grandes empresas, que pagan por regla general a medio o largo plazo, optarán por decidirse por proveedores que no estén acogidos al Iva de Caja, injusto pero es así. Se convertirá en un criterio comercial más para elegir proveedor.

– Si nuestro cliente es una Administración Pública puede interesarnos.

– Si nuestro cliente es el consumidor final o sujetos sin derecho a la deducción del IVA soportado no tenemos ni siquiera el problema.

  • El control fiscal se amplía.

-En los libros registro del IVA  se añaden campos para aportar  información de los cobros y pagos, total o parcial, fecha y forma en que se producen.

-En el modelo 303 aparecerán las operaciones devengadas aunque no se estén liquidando por acogerse al IVA de caja.

-El Modelo 347, se cumplimentará bajo los dos criterios, el actual de devengo y el de caja.

No a todas las empresas les apetece pasar por esta excesiva burocratización y control.

  • En las empresas la implementación supone un incremento de costes.

– Supone una mayor complejidad contable, una doble contabilidad de hecho. Se deberán adaptar los programas contables y de gestión.

– Genera mayor carga administrativa.

  • El IVA que dejas de liquidar ahora no se pierde en «el limbo de los Ivas».

Al finalizar el siguiente año natural deberás, a pesar de todo, cobres o no la factura, liquidarlo y pagarlo si correspondiera, de golpe. Es decir, sólo metes de manera temporal bajo una alfombra de trámites administrativos esa cantidad. Piensa si te compensa. No olvidemos que actualmente ya existen sistemas como solicitar un aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria o recuperar el IVA de las facturas impagadas. Hay alternativas.

Está siendo un quebradero de cabeza decidir si acogerse o no a este sistema, hay que hacer muchos números, muchos cálculos y estudiar cuál sería la reacción de tus clientes actuales y potenciales, dado que también les afecta a ellos.

 Se estima que el % porcentaje de empresas que se acojan va a ser bajo.

Mi opinión, es una decepción.

Me he extendido más de lo que quería, en la siguiente infografía resumo lo fundamental sobre el IVA de caja:

Ley 14/2013 Criterio de caja en el IVA

Ley 14/2013
Criterio de caja en el IVA

Gracias por leernos

:-)

6 comentarios el “Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (II) Criterio de Caja en el IVA

  1. José Manuel G. dice:

    Gracias por ponernos al día

  2. Aza que sería de nosotros sin ti, haces factible lo intragable.
    No se al resto de los mortales pero a mí sólo con poner AT en el googlee se me saturan las neuronas.
    Gracias :)

  3. […] en la semana anterior hablábamos de fecha límite 31/12 para acogerse al criterio de Caja en el IVA, hoy el post gira en torno a otra fecha límite y cercana, el 1/2/2014,  se corresponde con la […]

  4. […] Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (II) Criterio de Caja en el IVA […]

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